José Ricardo Pardo Gato
Abogado
La aprobación en el año 2002 de la conocida como “Ley de Internet” [Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI)] puso en el disparadero la vieja polémica existente en la red: un pulso latente entre la libertad de información y el derecho a la intimidad. El temor a los delitos informáticos, el enorme potencial económico de esta malla mundial multimedia y, sobre todo, la diferencia abismal de conocimientos entre simples usuarios y expertos avezados sitúa a estos últimos bajo permanente sospecha 1 .
Hackers, crackers y phreackers son términos que nos vienen a la mente a la hora de poner en solfa la debilidad del sistema informático y el uso de las modernas tecnologías 2 , y más aún aquellos individuos que sobrepasan la frontera de la legalidad y se adentran en el terreno de los conocidos como “delincuentes informáticos”: responsables de robos electrónicos, intercepción de compras online en beneficio propio o falsificación de tarjetas de crédito mediante la duplicidad de las bandas magnéticas, entre otros posibles actos ilícitos.
(Para seguir leyendo, descargue el documento en pdf)